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Crónica
Salud
22/05/2025
El 20 de mayo recién pasado entró en vigencia la Ley 21.642, normativa que regula la venta, promoción y uso de cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, así como los líquidos utilizados para su vaporización.
En particular establece que no se podrán consumir en lugares cerrados de uso público, prohíbe la comercialización, distribución o entrega a título gratuito de productos de tabaco y sus accesorios a menores de edad.
Adicionalmente establece advertencias sanitarias para envases de productos de tabaco, tabaco calentado, Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Electrónicos Sin Nicotina (SESN), líquidos de vapeo con y sin nicotina y sus accesorios.
En el caso de los envases de tabaco, tabaco calentado y sus accesorios establece que la advertencia debe ocupar el 50% inferior de las 2 caras principales de los envases, entre las que destacan las que dicen relación con cáncer terminal, ataque cerebral, infarto y cáncer de laringe, información sobre los componentes de los productos y la difusión del Fono Salud Responde 600 360 7777.
Para el caso de los SEAN, sus accesorios y líquidos de vapeo con nicotina, el mensaje deberá ocupar el 20% superior de la cara principal de los envases; mientras que, para los SESN, sean o no de uso terapéutico, sus accesorios y líquidos de vapeo sin nicotina, el mensaje de advertencia deberá ocupar el 10% superior de la cara principal.
“Los cigarrillos electrónicos o vapeadores contienen sustancias tóxicas, que generan alta dependencia, aumentan la presión arterial y el ritmo cardíaco, producen afectación pulmonar, daño agudo, irritación, obstrucción bronquial, incluyendo la posibilidad de producir una lesión pulmonar aguda”, declaró el Seremi de Salud del Biobío, Dr. Eduardo Barra Jofré.
“Para cuidar la salud de la población, la labor de fiscalización de la Ley 21.642, relativa a la venta, promoción y uso de cigarrillos electrónicos, con y sin nicotina, así como los líquidos utilizados para su vaporización, radicará en la Autoridad Sanitaria, y su vulneración, podrá iniciar sumario sanitario, aplicación de multas, decomiso de productos y clausura de establecimientos que infrinjan la normativa”, añadió la autoridad.