¿Libertad de expresión o incitación al odio? Límites claros y responsabilidades en las redes sociales

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27/07/2026


En la era de la hiperconectividad, las redes sociales y las plataformas digitales de medios de comunicación como Radio Camila TV , se han transformado en plazas públicas virtuales.

En estos espacios, la ciudadanía debate, opina y fiscaliza el acontecer diario de nuestras comunas y del país. Sin embargo, con frecuencia alarmante, los hilos de comentarios se convierten en trincheras donde proliferan descalificaciones severas, insultos basados en prejuicios y mensajes que incitan abiertamente al odio.

Cuando los administradores de páginas o moderadores de contenido deciden ocultar, eliminar o bloquear este tipo de expresiones dañinas, la respuesta inmediata de quienes las emiten suele ser un reclamo airado: “¡Me están censurando!”, “¡Atentan contra mi libertad de expresión!”.

Este argumento, aunque repetido con frecuencia en los foros virtuales, parte de una premisa profundamente errónea y desconoce por completo el ordenamiento jurídico vigente en nuestro país.

El falso dilema entre censura y convivencia digital

La libertad de expresión es un pilar fundamental de la democracia y un derecho insustituible. No obstante, en el derecho moderno —y en la legislación chilena—, ningún derecho es absoluto. La propia Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile consagran que la libertad de emitir opinión tiene un límite infranqueable: el respeto a la honra, a la vida privada y a la dignidad de las personas.

Confundir la libertad de opinar con la libertad de agredir, denigrar o incitar al rechazo contra otros ciudadanos es un error conceptual que erosiona la convivencia pacífica.

Lo que dice la ley: La Ley N° 20.609 en Chile

Para comprender por qué el odio no tiene cabida legal en los espacios de opinión pública, es indispensable revisar la Ley N° 20.609 (la normativa que establece medidas contra la discriminación, accesible públicamente a través del portal oficial de la Biblioteca del Congreso Nacional en Ley Chile).

Esta ley tiene por objetivo fundamental instaurar un mecanismo judicial eficaz para restablecer el imperio del derecho toda vez que se cometa un acto de discriminación arbitraria. En su articulado, define con claridad que se entiende por discriminación arbitraria:

"Toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales..."

La norma tipifica explícitamente que estas discriminaciones son reprochables cuando se fundan en motivos tales como la raza o etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, la ideología u opinión política, la religión, la orientación sexual, la identidad de género, la apariencia personal, la enfermedad o la discapacidad, entre otros factores.

Asimismo, el texto legal aclara categóricamente que ninguna categoría o circunstancia puede invocarse para justificar conductas contrarias a las leyes o al orden público.

Incitar al odio no es opinar: Es un delito que daña el tejido social

Existe una diferencia abismal entre debatir con argumentos sobre políticas públicas, gestión comunitaria o decisiones gubernamentales, y redactar un comentario cargado de animadversión destinado a humillar, deshumanizar o incitar al rechazo contra un grupo o persona específica.

La incitación al odio no aporta absolutamente nada al debate democrático; por el contrario, corrompe la convivencia social, genera violencia simbólica y, con demasiada frecuencia, escala hacia agresiones físicas en el mundo real.

En Chile, la justicia y las normativas vigentes son categóricas: emitir comentarios de odio en plataformas digitales no constituye el ejercicio legítimo de la libertad de expresión, sino que expone a los emisores a graves responsabilidades civiles y penales.

El rol de los medios y el compromiso de Radio Camila TV

Como medio de comunicación regional y comprometido de lleno con la comunidad, Radio Camila TV tiene la responsabilidad ética y legal de resguardar que sus espacios de participación digital sean entornos seguros, respetuosos y constructivos.

Moderar los comentarios ofensivos, xenófobos, homofóbicos o discriminatorios no busca callar voces ni imponer mordazas ideológicas. Muy por el contrario, busca garantizar que la dignidad de las personas no sea pisoteada bajo el amparo del anonimato digital.

Hacemos un llamado categórico a nuestra audiencia y a toda la ciudadanía: opinemos con argumentos, disintamos con respeto y entendamos que construir una sociedad más justa pasa necesariamente por comprender que cumplir la ley y erradicar el odio en internet no es censura; es simple y llanamente justicia, respeto y convivencia democrática.





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